Lo Que Usted Debe Saber Sobre el Seguro de Responsabilidad Obligatorio 1. ¿Qué es el Seguro de Responsabilidad
Obligatorio (SRO) y qué cubre?
El Seguro de Responsabilidad Obligatorio es el seguro mínimo
exigido por ley que paga los daños que usted le cause a otros
vehículos como resultado de un accidente de tránsito. [Volver]
2. ¿Quién
provee el SRO?
Los aseguradores que emiten pólizas de seguro de responsabilidad
de automóvil proveen un seguro de responsabilidad de automóvil,
así como la Asociación de Suscripción Conjunta. [Volver]
3. ¿Qué
es la Asociación de Suscripción Conjunta (ASC)?
La Asociación de Suscripción Conjunta es una compañía
aseguradora privada compuesta por un grupo de compañías
aseguradoras privadas que suscriben el seguro de responsabilidad
de automóvil en Puerto Rico. [Volver]
4. ¿Con
quién estoy asegurado si no he escogido un asegurador?
Al pagar la prima del SRO, usted está automáticamente
asegurado por la ASC, a no ser que seleccione otro asegurador. Para
obtener más detalles, comuníquese con su agente, corredor
o asegurador. [Volver]
5. ¿Hasta
qué cantidad paga el SRO?
El SRO paga hasta un máximo de $3,000 por accidente. [Volver]
6.
¿Puede cobrar también el causante de un accidente?
No, el causante no cobra. Recuerde que el propósito del SRO
es cubrir los daños que el causante le haga a otro vehículo,
no los que sufra el suyo. [Volver]
7. ¿Qué
pasa si los dos choferes comparten la culpa?
En estos casos, se le paga la mitad de los daños a cada uno
de los vehículos, hasta un máximo de $3,000 por vehículo,
siempre y cuando ambos estén asegurados bajo el SRO.
Ejemplo: Si usted y el otro conductor (1) son
responsables del accidente, (2) ambos están asegurados bajo
el SRO y (3) los daños son de $1,500 y $7,000, respectivamente,
se le pagaría a usted $750, por ser esta cantidad la mitad
de los daños sufridos, y $3,000 al otro conductor, por ser
ésta la cantidad máxima que permite el seguro, aún
cuando la misma no asciende en este caso a la mitad de los daños. [Volver]
8. ¿El
SRO me cubre la grúa en caso de accidente?
Sí, se le reembolsa el gasto de remolque si su vehículo
no se puede mover como resultado del accidente.
Son elegibles para el beneficio de grúa todos aquellos vehículos
involucrados en un accidente de tránsito que estén
cubiertos bajo una póliza de SRO.
Para cualificar para este beneficio, el vehículo de motor
debe de estar imposibilitado de moverse a causa de un accidente
entre vehículos de motor, lo cual será determinado
por un representante de la ASC.
Se reembolsará una cantidad para transportar el vehículo
a un lugar seguro para su almacenamiento designado por el asegurado.
La cantidad a reembolsarse estará basada en la distancia
del remolque, a razón de $20 por enganche y $1.50 por kilómetro
($2.40 por milla), utilizando la tabla de distancia publicada por
la Autoridad de Carreteras, cuando aplique.
Se requiere presentar factura o recibo de remolque especificando
la distancia.
Sólo se honrarán los servicios provistos por grúas
o remolques autorizados por la Comisión de Servicio Público. [Volver]
9. ¿El
SRO me ayuda a cubrir algún gasto mientras se repara el vehículo?
Sí. Además del pago de los daños a su vehículo,
sujeto a los términos y condiciones de la póliza,
le pagamos $60 para ayudarle a cubrir los gastos en que incurrió
mientras el vehículo se estuvo reparando, siempre que usted
no haya contribuido a, o sido responsable del accidente.
Además del pago de la reclamación, se pagarán
$60 adicionales después que los daños hayan sido reparados
y el vehículo inspeccionado por un representante de la ASC.
Este beneficio es para dueños de vehículos que no
hayan contribuido a, o sido responsable del accidente y cuyos daños
hayan sido causados por un vehículo asegurado bajo una póliza
del SRO. [Volver]
10.
¿El SRO cubre los daños que le cause a las personas
involucradas en un accidente de tránsito o a otra propiedad
afectada?
Lamentablemente, no. Para estar protegido contra este tipo de daños,
es necesario tener un seguro de responsabilidad tradicional de automóvil,
el cual le provee una cubierta más amplia.
La póliza de seguro tradicional le brinda una cubierta más
amplia que la provista por el SRO, ya que le cubre (1) los daños
a otro tipo de propiedad, además de vehículos (ejemplos:
verjas, postes, etc.), (2) daños corporales que le cause
con su auto a otras personas, así como (3) los gastos legales
relacionados. [Volver]
11.
¿Sustituye un seguro de responsabilidad tradicional de automóvil
al SRO?
Sí, ya que el seguro de responsabilidad tradicional cumple
con el requisito del SRO y hasta le provee una cubierta más
amplia. [Volver]
12.
Si tengo un seguro de responsabilidad tradicional de automóvil,
¿qué tengo que hacer para no tener que pagar el SRO?
Al renovar la licencia de su vehículo, debe presentar la
Certificación de Cumplimiento con el Seguro de Responsabilidad
Obligatorio, la cual le debe ser enviada por correo con antelación
a la fecha de vencimiento de la licencia por la compañía
aseguradora que le provee su seguro tradicional.
Si por alguna razón usted no tiene la Certificación
al momento de renovar la licencia, debe pagar la prima del SRO y
solicitar el reembolso de la misma a su agente, asegurador o directamente
a la ASC.
Para hacer esto, debe presentar copia de la licencia del vehículo,
con el sello de pago.
Si lo reclama directamente a la ASC, debe presentar también
la hoja de declaración de la póliza en la que se identifica
el vehículo para el cual solicita el reembolso. Puede realizar
esta tramitación en uno de nuestros Centros
de Ajuste. [Volver]
13.
¿Qué debo hacer si tengo un accidente?
1.
Infórmelo a la Policía
y pida y anote el número de querella, junto con el nombre
y número de placa del policía que lo atendió.
•
De conformidad con la ley de
Vehículos y Tránsito, informe el accidente a la
Policía dentro de las próximas cuatro (4) horas
de haber ocurrido el mismo.
•
Tenga en cuenta que si usted no informa
el accidente a la Policía hasta luego de 48 horas de
haber ocurrido el mismo, además de las penalidades provistas
por la referida ley, usted podría perder el derecho a
reclamar bajo el SRO.
2.
Obtenga y anote la siguiente
información:
•
Nombre, dirección, teléfono
y número de licencia de conducir del otro conductor.
•
Marca, modelo y tablilla del otro vehículo.
3.
Comunicarse al 787-622-4242 ó 1-888-602-4242 (Isla) y separar una cita en el Centro de Ajuste de su preferencia.
4.
Informe el accidente a su asegurador
o acuda con el/los otro(s) conductor(es) involucrado(s) en el
accidente al Centro de Ajuste de
la ASC más cercano para radicar su reclamación.
•
Recuerde que si todos los conductores están
presentes al radicar la reclamación, se agiliza el trámite
de la reclamación.
•
Si por alguna razón el causante no puede
ir al Centro, el perjudicado debe llevar, además de los
documentos ya indicados, el original del Informe de la Policía.
Si no puede llevar su vehículo
a uno de nuestros Centros de Ajuste
debido a los daños que el mismo sufrió en el accidente,
enviaremos un representante de la ASC a inspeccionarlo después
que usted haya radicado su reclamación.
3.
Los conductores de los vehículos
deben llenar el Informe Amistoso, lo cual pueden hacer en el
Centro de Ajuste.
•
Si algún chofer involucrado es menor
de edad, debe ir acompañado de su padre o tutor.
4.
Obtener del taller de su preferencia
un estimado de reparación de los daños y presentarlo
al momento de hacer su reclamación.
5.
Presentar el original de las
licencias de todos los vehículos involucrados (vigente
en la fecha del accidente).
6.
Presentar una identificación
con foto de cada uno de los choferes que radican la reclamación.
Si usted tuviera alguna pregunta que no apareciera
contestada aquí, puede comunicarse con nosotros por teléfono
a nuestras oficinas al 787-622-4242,
o libre de costo, al 1-888-602-4242,
de lunes a viernes, entre las 9:00 a.m. y 5:00 p.m.
También puede enviarnos su pregunta
o duda a nuestra dirección de correo eléctronico.